El ministro de Trabajo de Entre Ríos, Guillermo Smaldone, se pronunció a favor de que el Senado de la Nación apruebe el proyecto de ley que sanciona penalmente a quien utiliza como trabajador a un niño. La iniciativa, que incorpora al Código Penal el delito de trabajo de menores de 16 años, ya tiene media sanción de Diputados. “Toda persona que contrata o hace trabajar a un niño debe ser tratada como un delincuente”, afirmó Smaldone.
El ministro de Trabajo manifestó su apoyo a que se concrete la penalización del trabajo infantil para poder continuar trabajando en su erradicación, contando con el respaldo de una ley que condene el trabajo de los menores de edad. El proyecto se encuentra en manos del Senado que deberá aprobarla para que se convierta en Ley y el trabajo infantil pase a estar en el Código Penal.

“Me interesa que el Senado apruebe el proyecto de ley que sanciona penalmente la conducta de quien emplea a los niños en actividades laborales. El hecho de que se pueda condenar a los responsables de la explotación infantil constituye un paso muy importante y se ubica en sintonía con la lucha que se está impulsando a nivel nacional y provincial para erradicar la problemática de una vez por todas”, expresó Smaldone.

Luego, agregó que, “como ministro de Trabajo de Entre Ríos, desde un primer momento asumí el compromiso de luchar en todos los frentes contra el trabajo infantil en la provincia, trabajamos todos los días para construir una Entre Ríos donde los niños jueguen y vayan a la escuela, y los grandes tengamos más y mejor trabajo, seguro y registrado”.

Finalmente, dijo que "como presidente del Consejo Federal del Trabajo, desde la primera reunión plenaria que presidí puse sobre la mesa de trabajo la necesidad de que se apruebe la ley de penalización del trabajo infantil. Estoy convencido de que si desde las provincias acompañamos el trabajo que está haciendo Nación, podemos transformar a la Argentina en un país en el que sólo trabajen los adultos”, afirmó.

Media sanción en Diputados

Con 181 votos a favor y uno en contra la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto que incorpora al Código Penal el delito de trabajo infantil con respecto a menores de 16 años y que incorpora penas que van de 1 a 4 años de prisión para quienes utilicen a menores en provecho propio o de un tercero.

En concreto, la media sanción de los diputados apunta a incorporar como capítulo VII, en el Título I, del libro segundo De los delitos, del Código Penal, los delitos contra la integridad de los menores; y, en este sentido, incorporar el artículo 108bis.

De ser aprobado por el Senado, el mismo quedaría redactado de la siguiente manera: “Será reprimido con prisión de 1 a 4 años, el que promoviere, facilitare, aprovechare o explotare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importe un delito más grave”.

Mientras que si “el hecho hubiere sido ejecutado en perjuicio del niño o niña, en nombre, con la ayuda o en beneficio de una persona de existencia ideal, la pena de prisión se aplicará a los directores o gerentes de la sociedad, administradores, síndicos o miembros de la comisión fiscalizadora que hubieren consentido de cualquier modo que el niño o niña trabajare en provecho de aquélla”.

En tanto que la iniciativa, también prevé que “no será punible el padre, madre, tutor o guardador de la víctima que incurriere en la conducta descripta”.

Entrando en el detalle de las penas esta será de 3 a 6 años cuando “las víctimas fueran 3 o más”; “el hecho fuere cometido con el concurso de 3 o más personas en forma organizada” o “el hecho fuere cometido por un funcionario público”; donde además sufrirá además la inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena.

La pena será entre 4 y 8 años “cuando la utilización de la prestación laboral del niño o niña se efectuare en actividades riesgosas, inseguras o peligrosas” consigna el proyecto aprobado por los diputados.

Considerando actividades laborales riesgosas, inseguras o peligrosas a “los trabajos que se realicen bajo tierra, bajo el agua o en altura”; los que “se realicen con maquinaria, equipos y herramientas peligrosas o que conlleven la manipulación o el transporte manual de cargas pesadas”; los que “se realicen en un medio en el que los niños estén expuestos a sustancias, agentes o procesos peligrosos o a temperaturas o niveles de ruido o de vibraciones que sean perjudiciales para la salud” y “los trabajos que impliquen condiciones especialmente difíciles, como los horarios prolongados o nocturnos”.

La iniciativa ahora se encuentra en manos del Senado de la Nación que deberá aprobarla para que se convierta en Ley y el trabajo infantil pase a estar en el Código Penal.

(Prensa Ministerio de Trabajo)