Hasta el 31 de diciembre próximo hay tiempo para solicitar la renovación de los beneficios fiscales determinados por Ley. Durante 2022 el plazo se extendió en dos oportunidades.
En el marco de las políticas de modernización y mejora de los servicios a los contribuyentes y tras dos extensiones durante 2022, el próximo 31 de diciembre vence el plazo para solicitar los beneficios de exención en el impuesto a los ingresos brutos para el grupo de contribuyentes con actividades alcanzadas en el inc ñ) y del Artículo 197° del Código Fiscal (2022). Es decir, asociaciones civiles, artísticas y deportivas.

La gestión será únicamente digital.

Desde el área de impuestos, señalaron que, el pedido de renovación -como así de otorgamiento por primera vez- se deberán realizar únicamente vía web mediante los servicios de ATER con clave fiscal hasta la fecha estipulada.

Cabe señalar que los plazos fueron extendidos en dos oportunidades durante 2022, a través de las Res. 32/22 que fijó los plazos hasta el 30 de agosto pasado y finalmente la Res. 218/22 al 31 de diciembre próximo.

Para más información, se invita a los contribuyentes, profesionales y asesores impositivos a visitar nuestra Guía de Trámites en ater.gob.ar o comunicarse de forma gratuita a través de la línea del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC), llamando al 0810-888-2837 de lunes a viernes de 8 a 13.


(Prensa ATER)