En el marco del Decreto Nº2344/21MGJ, se dispuso el llamado a Concurso público y abierto de antecedentes y prueba de oposición para la cobertura del cargo de Jefe/a de Departamento del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Delegación Larroque, Departamento Gualeguaychú.
Hay plazo hasta el 27 de septiembre.

El Decreto establece una serie de requisitos y condiciones de inscripción para los aspirantes. Los requisitos para la inscripción al concurso son:

a) Ciudadanía argentina;

b) Poseer cinco (5) años de antigüedad mínima en empleo o función de la administración Pública de Entre Ríos que se corresponda con tareas al perfil solicitado y/o el ejercicio de la profesión de abogado/a, notario/a y/o escribano/a;

c) Ser mayor de veinticinco (25) años de edad;

d) Tener domicilio en la localidad donde se concursa al momento de la inscripción y dentro de un radio de la Oficina Registral que no sea mayor a cincuenta (50) kilómetros.

d)Aptitud psicofísica para la función a cargo, la que se acreditará mediante certificado respectivo emitido por el efector de la órbita pública.

e) Buena conducta, acreditada a través de la agregación del Certificado emitido por la Policía de Entre Ríos y el Certificado de Antecedentes Penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y organismo que lo reemplace en el futuro.

6. En el formulario de inscripción, el aspirante deberá declarar bajo juramento no estar comprometido en prohibiciones o causales de inhabilitación prevista en este Reglamento, y que cumple con todos los requisitos para el cargo, debiendo asimismo suministrar la siguiente información:

1- Datos personales y familiares:

a) apellido y nombre completo

b) Domicilio real actual, número de telefonía fija y/o celular

c)Dirección de correo electrónico, que funcionará como domicilio constituido y en la que serán validadas todas las notificaciones relacionadas con el concurso.

d) Lugar y fecha de nacimiento

e) Si es argentino nativo o naturalizado, en su caso, indicar la fecha y la autoridad que otorgó la naturalización.

f) Tipo y número de documento de identidad

g) Estado civil, en su caso, nombre del cónyuge y de los hijos, si los tuviere.

2 - Antecedentes profesionales: a los efectos de valorar la especialidad del desempeño profesional, se acreditará la actividad efectivamente realizada a través de datos objetivamente comprobables, para apreciar su importancia y vinculación con el perfil a cargo.

Tratándose de empleos o funciones desempeñadas de carácter público, honorario o rentado por designación, elecciones o contratación, podrá adjuntarse copia del acto, contrato aprobado o certificado respectivo que certifique su ingreso al empleo o función pública y que indique su carácter (titular, suplente, interino, etc); un detalle de las tareas realizadas en dicho cargo o función, si las mismas no surgen explícitamente del acto contrato o certificado pertinente; constancia de ascensos, licencias extraordinarias concedidas en los últimos cinco años, sanciones disciplinarias aplicadas , con indicación de fecha y motivo o causa de la sanción, y causa de cese en dicho empleo, cargo o función.

Tratándose del desempeño en relación de dependencia en entidades privadas, podrá agregarse el contrato respectivo, y certificación suscripta por el superior jerárquico inmediato, de ser materialmente posible, indique la duración de la relación contractual y las tareas desempeñadas.

En el supuesto de ejercicio libre de una profesión, como para los casos de desempeño en empleos o funciones de carácter público o privado en relación de dependencia, certificación expedida por la entidad colegiada en la que se hallare matriculado.



Antecedentes académicos:

Otros títulos universitarios y estudios o cursos de postgrado: deberán mencionarse si está acreditado en la Coneau, la institución de expedición del titula, la materia y la calificación que hubiera obtenido la tesis, tesina o trabajo final elaborado de corresponder; lo que se acreditará mediante la presentación del título respectivo. Podrá acompañarse copia de la tesis presentada y dictamen y/o calificación del jurado evaluador; también copia del programa o certificado de materias rendidas, a fin de informar más acabadamente la vinculación del título con la especialidad del cargo concursado.

Simple asistencia a Jornadas, Seminarios o Congresos: deberá mencionarse el nombre y la institución patrocinante; lo cual se acreditará mediante la certificación respectiva.

Publicaciones: Se deberá indicar y acompañar los trabajos publicados, con especificación de su carácter (ensayo, libro, artículo, ponencia, etc.), editorial, fecha y lugar en el que aparecieron, en el caso de los libros, se acreditará acompañando fotocopia de la portada, del índice y del pie de la imprenta de cada uno. En caso de mencionar la realización de trabajos aún inéditos el postulante deberá especificar su carácter y acompañar un (1) ejemplar firmado.

Docencia: deberá detallarse los cargos que hubiere desempañado, especificando la institución, el nivel de enseñanza y la materia dictada. Al efecto deberá adjuntar certificado expedido por la/s institución/es respectiva/s, de la cual surja la materia, los cargos desempeñados (titular, protitular o asociado, adjunto; JTP. o equivalente, ayudante o interino), modo de designación, fecha de ingreso y egreso, si lo hubiere, sanciones y cualquier otro dato que pueda resultar de interés.

En el supuesto de ejercicio de la docencia en carácter de profesor invitado o en instituciones no universitarias, deberá acreditarlo mediante informe de la entidad correspondiente.

Conferencias: Se detallarán las conferencias dictadas o mesas redondas en las que haya participado, indicando fecha, tema, lugar e institución patrocinante, lo que se acreditará mediante la certificación respectiva de la que surjan los extremos mencionados.

Otro tipo de antecedentes: aquí se podrán indicar y acreditar: La pertenencia a instituciones científicas o profesionales, con indicación de nombre, domicilio de su sede, carácter de la institución, calidad que reviste en ella, y cargos que hubiese desempeñado; la recepción de premios, distinciones académicas, menciones honoríficas y otros reconocimientos recibidos; y la obtención de becas, pasantías o similares, en el país o en el exterior.

La documentación respaldatoria de los datos suministrados en el formulario, se agregará en el orden descrito en el artículo anterior y numerarse, anexando un índice relacionado para su fácil cotejo.

No se admitirá ni se tendrá por recibida aquella documentación que sea presentada luego del vencimiento del período de inscripción, salvo cuando el concursante haya sido intimado a acompañarla y siempre dentro del plazo otorgado para ello, que no podrá exceder de cinco (5) días hábiles.



Impedimentos

Se encuentran impedidos de participar en el procedimiento de selección:

El que haya sido condenado por delito doloso, hasta el efectivo cumplimiento o el término previsto para la prescripción de la acción, según corresponda;

El condenado por delito en perjuicio de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal;

El inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos;

El sancionado con exoneración o cesantía en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, mientras no sea rehabilitado, no pudiendo otorgarse la rehabilitación hasta tanto haya transcurrido diez años desde la exoneración y hasta cinco años desde la cesantía; plazo contado a partir de consentido el acto administrativo que dispuso la sanción o de declarada firme la sanción judicial;

El comprendido en situaciones de incompatibilidad y/o inhabilidad conforme alas leyes vigentes;

El que haya incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, según lo previsto en el Artículo 36° de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubiere beneficiado con indulto o condonación de la pena;

El que tenga la edad prevista en el régimen previsional para acceder al beneficio de la jubilación o el que gozare de un beneficio previsional, salvo aquella persona de reconocida aptitud, la que no quedará comprendida en el régimen de estabilidad;

El que se hubiere acogido a regímenes de retiro voluntario, sea de orden nacional, provincial o municipal, hasta el transcurso del plazo de diez años desde el retiro;

El infractor a leyes electorales;

El contratista o proveedor del Estado Provincial.



Se anexa copia de norma legal de convocatoria y su Anexo, como así también el formulario de inscripción.


Formulario: https://drive.google.com/file/d/1cQk4nbYVhUtjyBdhLN1yyhhGbdbSLI_q/view?usp=sharing
Decreto:
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