A los fines de esta ley se entiende por góndola todo espacio físico, mueble, estantería, en los que se ofrecen productos de similares características, incluidos las puntas de góndola. No se incluyen los congeladores exclusivos, islas de exhibición y los exhibidores contiguos a la línea de caja, pero sí las tiendas online de los comercios.

La capacitación, virtual, será dictada por Leonardo Lepíscopo, abogado y experto en la materia y versará sobre generalidades y alcances de la norma. Luego de la exposición se prevé se desarrolle otro encuentro sobre las herramientas disponibles para facilitar el acceso como proveedor a dicho marco de comercialización.

La reunión será el jueves 23 de septiembre a las 11 horas y es coordinada desde la Secretaría de Comercio e Industria. Para más información comunicarse a la Dirección General de Comercio Interior – 0343-4840385/4073184.