El Consejo de Participación Indígena tiene cuatro funciones principales: promover la participación de las comunidades indígenas en el Programa de Relevamiento Territorial Ley 26.160-; acompañar a las comunidades en la formulación de proyectos de desarrollo con identidad; fortalecer a las comunidades en la organización e inscripción de su personería jurídica, y participar de los distintos procesos de consulta referidos a toda política pública que pudiera afectar los intereses de los pueblos indígenas.
La elección de los miembros del CPI se realiza respetando las costumbres y mecanismos que cada pueblo indígena posee para elegir a sus representantes. Cada pueblo de las distintas provincias elige a dos personas para el CPI, con un mandato de tres años.
Por la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia, participó su titular, Matías Germano, quien indicó que se continuará trabajando coordinadamente con los representantes electos del pueblo charrúa y el INAI, “con el objetivo general la promoción y protección de los derechos humanos de estos pueblos, consagrados constitucionalmente, entre ellos, el de participación y consulta sobre las políticas públicas que los involucran”.
(Prensa Ministerio de Gobierno).